LA CEDH EMITE MEDIDA PRECAUTORIA A LA PGJE
• Pobladores del municipio de Pueblo Nuevo Solistahuacán temen ser agredidos por gente del ex-edil ahora procesado en el Amate
Derivada de la nota periodística publicada en el medio de comunicación digital Mural Chiapas, con fecha 03 de marzo de 2015 bajo el titulo, "Defensores de derechos humanos exigen frenar escalada de violencia en Pueblo Nuevo", este organismo defensor de los derechos humanos, radicó de oficio el expediente de queja correspondiente.
En dicha queja integrantes de la Liga Mexicana de los Derechos Humanos (LIMEDH), así como filiales de la Federación Internacional de los Derechos Humanos (FIDH), de la Región Chiapas-Tabasco, urgieron al gobierno del Estado frenar la escalada de violencia que priva en el municipio de Pueblo Nuevo Solistahuacán, toda vez que si bien es cierto el edil perredista que estaba envuelto en hechos delictivos fue desaforado y procesado, aún existe temor de que sus seguidores podría generar hechos delictivos.
Por lo anterior el Presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos Chiapas (CEDH), Juan Óscar Trinidad Palacios, instruyó al Visitador General Especializado de Atención de Asuntos Indígenas, Rafael Aníbal Cordero Guillén, atienda de inmediato dicha queja para emitir la medida precautoria a quien corresponda.
Ante esto la Visitaduría antes mencionada perteneciente a la CEDH emitió la Medida Precautoria CEDH/MP/0004/2015 a la Procuraduría General de Justicia del Estado, que en el marco legal de atribuciones de esa dependencia, se tomen las medidas precautorias o cautelares necesarias y eficaces para efectos de que se respeten, protejan y garanticen los derechos humanos de los pobladores de Pueblo Nuevo Solistahuacán, poniendo énfasis en el derecho a la seguridad pública y una correcta administración de justicia; de conformidad con los hechos denunciados en la citada nota periodística.
Es importante destacar que estas medidas que la Comisión Estatal de los Derechos Humanos emite a dicha Procuraduría, es con la finalidad única y exclusiva de salvaguardar la integridad de los pobladores que se ven vulnerados en sus derechos fundamentales.
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