EMITE LA CNDH RECOMENDACIÓN 11/2013, DIRIGIDA A MANUEL VELASCO COELLO POR VIOLACIONES
A DERECHOS HUMANOS DURANTE ADMINISTRACION DE JUAN SABINES GUERRERO
POLICÍAS AGREDEN FÍSICA
Y VERBALMENTE A MANIFESTANTES EN CHIAPAS
La
Comisión Nacional de los Derechos Humanos que preside el Doctor Raúl Plascencia
Villanueva, emitió la Recomendación 11/2013, dirigida a Manuel Velasco Coello,
gobernador del estado de Chiapas.
Se
trata de los casos de 24 personas que durante su participación en manifestaciones,
fueron detenidas y sometidas a malos tratos. En el primer caso, el 4 de julio
de 2010, un grupo de personas, integrantes de diversas organizaciones civiles,
entre ellas, de la denominada Movimiento Campesino Revolucionario
Independiente-Coordinadora Nacional Plan de Ayala-Movimiento Nacional
(MOCRI-CNPA-MN), realizaba una manifestación en el crucero de “Las Flores”, en
el municipio de Tecpatán, Chiapas. Al lugar también se presentaron elementos de
la Policía Estatal Preventiva quienes detuvieron a 11 personas, las cuales
fueron trasladadas a las instalaciones de la Secretaría de Seguridad y
Protección Ciudadana y posteriormente puestas a disposición del agente del
Ministerio Público de la Federación, adscrito a la Delegación Estatal de la
Procuraduría General de la República (PGR).
En
el segundo caso, elementos de la Policía Estatal Preventiva, de la Policía de Caminos
y Turismo, de la Policía Fronteriza y de la Policía Especializada del estado de
Chiapas, detuvieron, el mismo día, a 13 personas en el Crucero Nuevo México, en
el municipio de Comalapa, mientras llevaban a cabo otra manifestación. Algunos
de ellos, dijeron haber sido objeto de agresiones físicas y verbales, hasta el
momento en que fueron puestos a disposición del agente del Ministerio Público
de la Procuraduría General de Justicia de Chiapas. Al día siguiente, se les
informó que se había iniciado una averiguación previa en su contra por los delitos
de ataques a las vías de comunicación, atentados contra la paz, integridad
corporal y patrimonial de la colectividad y del Estado, así como por asociación
delictuosa.
Después
de haber efectuado el análisis lógico jurídico de las evidencias que integraron
el expediente, la CNDH contó con elementos que permitieron evidenciar que se
transgredió el derecho a la libertad de reunión y, como consecuencia de ello,
los derechos a la legalidad, la seguridad jurídica, la libertad personal y al
trato digno, atribuible a elementos de las mencionadas fuerzas policiacas.
Para
esta Comisión Nacional, no pasó inadvertida la condición de vulnerabilidad en
la que se encontraban siete de las víctimas que fueron objeto de malos tratos:
cinco adultos mayores, una mujer y un menor de edad. Se detectó que los
servidores públicos involucrados en los hechos, incurrieron en actos y
omisiones que afectaron la legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo,
honradez, lealtad, imparcialidad y respeto que se deben observar en el
desempeño del empleo o cargo que protestaron.
Por
ello, la CNDH Organismo público autónomo
hace al gobierno de Chiapas las siguientes recomendaciones: reparación del daño
ocasionado a las 24 personas agraviadas; diseñar e impartir a la totalidad de
los servidores públicos de las diversas corporaciones policiacas del estado, un
Programa Integral de Educación, Formación y Capacitación en materia de derechos
humanos; elaborar una circular dirigida al personal de las corporaciones
policiacas Chiapanecas, con la finalidad que pongan de manera formal e
inmediata a disposición de la autoridad ministerial a las personas que
detengan; llevar a cabo las acciones eficaces de coordinación institucional
para el tratamiento de manifestaciones públicas y colaborar ampliamente con
esta Comisión Nacional en el trámite de queja y denuncia que promueva ante la
Fiscalía Especializada de Visitaduria de la Procuraduría del estado y esta
última dependencia, respectivamente.
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